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El Gobierno ha aprobado un subsidio especial por desempleo para las personas que han agotado su prestación de desempleo entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020 y carecen de ingresos. El plazo de solicitud finaliza el 30 de noviembre. Os explicamos cómo hacerlo

BENEFICIARIOS

Quienes hayan agotado la prestación contributiva entre el 14 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020, ambos inclusive y que no tengan derecho a ningún otro subsidio.

Quienes hayan agotado entre el 14 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020, ambos inclusive, alguno de los subsidios siguientes:

  • El subsidio por desempleo en cualquiera de las modalidades reguladas en el capítulo III del título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
  • Subsidio extraordinario de desempleo (SED)
  • Subsidio de cotizaciones insuficientes
  • Renta activa de inserción

REQUISITOS

  1. Estar en desempleo total e inscrito como demandante de empleo.
  2. Haber agotado prestación contributiva o subsidio por desempleo entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020 y carecer del derecho a estas prestaciones o ayudas. Las personas que hubieran agotado una prestación contributiva y estuvieran en el mes de espera de acceso al subsidio por desempleo podrán acceder a este subsidio y posteriormente al de agotamiento; en estos supuestos se descontará del subsidio de agotamiento el tiempo que se haya cobrado de subsidio extraordinario.
  3. No ser beneficiario de renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayuda análoga concedida por cualquier Administración Pública.
  4. En caso de haber trabajado por cuenta ajena tras la extinción del último derecho reconocido, haber cesado en dicho trabajo con situación legal de desempleo.
  5. No tener cumplida la edad que le permita acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva.

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo para pedir el subsidio especial por desempleo empieza el 6 de noviembre  y finaliza el 30 de noviembre. Ambos inclusive.

¿CÓMO SOLICITARLO?

La solicitud se puede realizar de las siguientes formas:

Solicitud telemática

Se accede a través de la web del SEPE www.sepe.es y desde esa misma página se envía el formulario de presolicitud de la prestación. Para poder hacer este trámite debes tener el DNI electrónico, certificado digital o clave.

Solicitud presencial

Para hacerlo presencialmente hay que dirigirse a la oficina del SEPE, tras pedir cita previa en www.sepe.es o por teléfono, y cumplimentar el modelo oficial de solicitud.

*Como ahora no se dan citas se puede presentar el formulario de presolicitud y trámites que encontrareís AQUÍ

CUANTÍA Y DURACIÓN DEL SUBSIDIO

La cuantía de este nuevo subsidio especial por desempleo es  igual al 80 por ciento del IPREM, lo que en actualmente supone unos 430 euros/mes.

La duración máxima del subsidio será de tres meses ( 90 días) y únicamente podrá recibirse en una ocasión.

+ INFO a en el Real decreto_Ley 32/2020 del 3 de noviembre, puedes consultarlo AQUÍ

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