El gobierno de la Comunitat ha decidido llevar a cabo nuevas desgravaciones al tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, permitiendo de esta forma desgravaciones de hasta 150 euros y teniendo un efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2023.
¿Cómo se puede justificar el pago?
Es obligatorio acreditar las adquisiciones e bienes o servicios mediante la correspondiente factura y el justificante de pago.
¿Qué es deducible?
Las cuotas pertenecientes a:
- Gimnasios
- Clubes deportivos
- Federaciones deportivas
- Grupos de recreación deportiva
- Secciones deportivas o de recreación deportiva de otras entidades no deportivas
- Agrupaciones de recreación deportiva
- Asociaciones de de federaciones
- Sociedad anónimas deportivas
También por la adquisición del equipamiento obligatorio para la práctica del deporte federado y los servicios personas de entrenamiento que hayan sido prestados por técnicos y entrenadores deportivos.
Además también serán desgravables los servicios presentados por:
- Traumatólogos
- Dietistas o nutricionistas
- Fisioterapeutas
- Podólogos
- Técnicos superiores en Dietética
¿Cuáles son las cantidades deducibles?
- Deducción de hasta 100 euros por gastos que hayan generado los miembros de la unidad familiar por enfermedades crónicas de alta complejidad o denominadas raras o con diagnóstico de daño cerebral adquirido o alzhéimer.
- Deducción de hasta 150 euros por el 30% de los gastos generados por miembros de la unidad familiar que hayan necesitado ayuda por patología asimilada a problemas de salud mental.
- Deducción del 30 hasta 150 euros por los gastos asociados a al a práctica deportiva. En este punto se incluyen los gastos de gimnasio, entrenadores personales para la rehabilitación o hijos federados.
- Deducción del 30% hasta 150 euros en gastos que están vinculados a la salud bucodental.
- Deducción del 30% hasta 100 euros por gastos de óptica como la adquisición de cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza.